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Reforma Fiscal en Michoacán: Dependencias Públicas Obligadas a Guardar Comprobantes de Pago por 5 Años

La reforma obliga a dependencias a conservar pagos por cinco años.

En un paso clave para blindar los derechos de los contribuyentes, la 76 Legislatura del Congreso de Michoacán aprobó una reforma al Código Fiscal Municipal que impone a las dependencias públicas la conservación de documentación comprobatoria de pagos durante cinco años. Esta medida, nacida de una iniciativa de la diputada Ana Belinda Hurtado Marín, busca generar certeza jurídica y evitar disputas en cobros o aclaraciones fiscales.

Detalles de la Aprobación en Sesión Extraordinaria

Durante una Sesión Extraordinaria, el Pleno Legislativo dio luz verde al dictamen de la Comisión de Hacienda y Deuda Pública. Entre los cambios destacados:

  • Derogación del artículo 24 del Código Fiscal Municipal.
  • Adición del Título Tercero BIS con un Capítulo Único y el artículo 53 Bis, que desplaza numéricamente los subsecuentes.

El artículo 53 Bis establece con claridad: las dependencias públicas involucradas en la determinación, administración o cobro de contribuciones, así como los contribuyentes, deben resguardar la documentación en su domicilio fiscal por cinco años. Esta debe estar “disponible, íntegra y accesible” para verificaciones de autoridades fiscales.

Como bien dice el refrán, “mejor prevenir que curar”, y esta reforma actúa precisamente como un escudo preventivo contra posibles controversias.

Beneficios para Contribuyentes y Autoridades

La Comisión de Hacienda subraya que la norma fortalece los derechos de los pagadores de impuestos, al tiempo que equilibra responsabilidades. Algunos impactos clave incluyen:

  • Certeza en aclaraciones: Facilita revisiones sobre pagos o cobros, reduciendo malentendidos.
  • Obligación recíproca: Tanto autoridades como contribuyentes conservan pruebas, promoviendo transparencia.
  • Accesibilidad inmediata: Los documentos deben estar listos para inspecciones, evitando demoras.
Aspecto Antes de la Reforma Con la Reforma (Artículo 53 Bis)
Plazo de Conservación No especificado con claridad para dependencias 5 años obligatorios para todos
Responsables Principalmente contribuyentes Dependencias públicas + contribuyentes
Disponibilidad Variable Íntegra y accesible en domicilio fiscal
Propósito Principal Cuestionable Transparencia y certeza jurídica

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