El Congreso del Estado fortaleció la protección de la información personal de migrantes en Michoacán de Ocampo al reformar y adicionar artículos de la Ley para la Atención y Protección de los Migrantes y sus Familias.
Ahora, el Banco de Datos de Migrantes debe integrarse, administrarse, resguardarse, protegerse, actualizarse y transferirse conforme a la legislación aplicable en transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.
Derechos plenos para las personas migrantes
El artículo 25 establece que el acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de sus datos corresponde directamente a la persona titular o su representante, bajo lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Michoacán de Ocampo.
El artículo 26 exige que cualquier intercambio de información con dependencias federales, estatales y municipales se realice también bajo dicha normativa. Además, define como confidenciales todos los datos personales del Banco, reservando su divulgación pública únicamente para fines estadísticos, oficiales o académicos de medición o evaluación, siempre conforme a la ley aplicable.

