La ciudadanía de Michoacán se beneficiará con la aceleración de obras públicas de movilidad: el Congreso del Estado eliminó obligaciones de donación de áreas verdes y cargas urbanísticas para subdivisiones destinadas exclusivamente a infraestructura carretera y vial.
La Septuagésima Sexta Legislatura aprobó reformas a la Ley de Caminos y Puentes, la Ley de Hacienda Municipal y el Código de Desarrollo Urbano para establecer una excepción legal clara: cuando la subdivisión de predios tenga como único fin la construcción, ampliación, conservación o mejoramiento de vías de comunicación terrestre, dicha subdivisión adquiere carácter de acto de utilidad pública e interés general, y queda exenta de cesiones, áreas de donación, contribuciones municipales y cargas urbanísticas propias de desarrollos inmobiliarios.
Con la adición del artículo 10 Bis a la Ley de Caminos y Puentes, y del artículo 175 Bis y la Sección Tercera Bis a la Ley de Hacienda Municipal, se garantiza certeza jurídica, se reducen trabas administrativas y económicas, y se fortalece el derecho a la movilidad y conectividad en todo el estado. Asimismo, la reforma al Artículo 428 del Código de Desarrollo Urbano exime a los propietarios de transferir áreas de donación siempre que la subdivisión tenga por finalidad la construcción de vías de comunicación terrestre reconocidas como de utilidad pública.

