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Más protección para ciudadanos y animales

La 76 Legislatura del Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal de Michoacán que fortalecen la protección de niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad, periodistas, defensoras y defensores de derechos humanos, animales domésticos y personas vulnerables ante contagios o violencia.

Otras medidas clave

Se excluye de responsabilidad penal quien dañe mínimamente un vehículo o propiedad para rescatar a personas o animales en riesgo real o inminente; se agrava cualquier delito contra periodistas, especialmente si la víctima es mujer o participa una persona servidora pública; se crea un delito autónomo por homicidio de periodistas y defensores de derechos humanos; se sanciona con mayor rigor la conducción bajo influencia de alcohol o drogas, incluyendo suspensión definitiva de licencia y agravantes por fuga, reincidencia o víctimas vulnerables; se elimina atenuantes en lesiones de tránsito; y se tipifica como delito el contagio intencional de enfermedad grave e incurable en periodo infectante, con agravantes si hay contagio o la víctima es vulnerable. También se reformó el artículo 295Bis para sancionar con precisión el maltrato, crueldad, abandono o violencia contra animales.

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