La ciudadanía de Michoacán gana mayor equidad en los procesos electorales con la prohibición de la reelección inmediata y del nepotismo en línea recta y colateral hasta el cuarto grado, aprobada por unanimidad por el Congreso del Estado.
Qué cambia para las y los michoacanos
A partir del proceso electoral de 2030, diputados locales, presidentes y presidentas municipales, regidores, síndicos, jueces y magistrados no podrán ser reelectos de forma inmediata. Además, quienes tengan vínculos de matrimonio, concubinato, unión de hecho o parentesco consanguíneo o civil —en línea recta sin limitación de grado, en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado— con una persona que ejerza actualmente un cargo popular, quedarán impedidos para aspirar a Gobernador, Diputado, Presidente Municipal, Regidor o Síndico.
El Artículo 9 establece que los cargos públicos no son patrimonio personal ni familiar; el Artículo 20 regula la reelección de diputados propietarios y suplentes; y los artículos transitorios terceros y cuartos fijan la entrada en vigor de estas reformas para las elecciones de 2030.

