La ciudadanía que busque postularse como candidata o candidato independiente en Michoacán ya no podrá coordinar campañas, compartir propaganda, plataformas, estrategias de promoción ni eventos proselitistas con otras candidaturas independientes ni con partidos políticos. Así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación al avalar, en su mayoría, la Reforma Electoral aprobada por el Congreso del Estado.
¿Qué significa esto para los aspirantes sin partido?
El diputado Baltazar Gaona García, presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, explicó que la Corte reconoció la validez de las normas que obligan a las candidaturas independientes a realizar campañas individuales, autónomas e independientes. Además, autorizó sancionar cualquier coordinación indebida y reafirmó que esta vía es personal para ejercer el derecho a ser votado.
Aunque hubo correcciones menores a expresiones textuales, el núcleo de la Reforma Electoral de Michoacán permanece intacto tal como fue aprobado en el Pleno del Congreso del Estado.

