La reforma adiciona una fracción XXVII al inciso b) del artículo 40 y un nuevo artículo 41 ter a la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo. Estos cambios permiten a los ayuntamientos:
- Declarar zonas de protección para la conservación del patrimonio histórico y cultural en localidades reconocidas como Pueblos Mágicos.
- Regular la actividad comercial en dichas zonas, priorizando la participación de actores económicos locales.
- Instalar Comités de Pueblo Mágico como espacios de coordinación entre autoridades y comunidad para la promoción turística con identidad.
> “Evitar que las cadenas de tiendas y farmacias de conveniencia se beneficien de la economía local, y sean las responsables de la destrucción y cierre de los negocios tradicionales, lo que es contradictorio con la finalidad del programa de Pueblos Mágicos que pretende integrar la Cadena Productiva Turística”, señala el dictamen avalado por el Pleno Legislativo.
Los Pueblos Mágicos de México son joyas que combinan historia, cultura y belleza natural. Sin embargo, su popularidad los ha hecho vulnerables a la llegada de grande
