La 76 Legislatura de Michoacán ha dado un paso decisivo en materia de salud pública al aprobar, con **24 votos a favor**, una reforma integral a la Ley de Salud del Estado que coloca en el centro la **prevención y atención del cáncer de próstata y testicular**[1]. Esta iniciativa, resultado del trabajo de la Comisión de Salud y Asistencia Social, representa un hito importante en la visibilización de padecimientos que históricamente han permanecido en la sombra del debate sanitario nacional.
## Reformas legislativas que transforman el marco normativo
La reforma modifica el artículo 31 de la Ley de Salud y adiciona una nueva Sección Segunda denominada “Atención Integral del Cáncer de Próstata y Testicular” al Título Segundo, Capítulo IV[1]. Esta estructura legal establece un compromiso estatal con objetivos claros y medibles:
– **Reducción de tasas de morbilidad y mortalidad** en hombres del estado
– **Detección oportuna** preferentemente a partir de los 40 años de edad
– **Acciones de prevención y promoción** de la salud masculina
– **Atención prioritaria** a poblaciones vulnerables
## Inclusión social y acceso equitativo a la salud
Uno de los aspectos más destacados de esta reforma es su enfoque en la **equidad sanitaria**[1]. La ley garantiza atención médica integral para hombres sin seguridad social, en situación de vulnerabilidad o que se encuentren en reclusión, cuando su condición clínica lo requiera. Además, incorpora un componente psicológico fundamental: el **acompañamiento emocional** tanto para pacientes como para sus familias en casos de sospecha o confirmación diagnóstica[1].
## El factor cultural detrás de la invisibilidad
Los legisladores michoacanos reconocieron una realidad incómoda: el cáncer de próstata y testicular han tenido **históricamente menor visibilidad** comparados con otros padecimientos oncológicos[1]. Esta brecha no es casual. Factores culturales y sociales profundamente arraigados han generado una baja cultura de prevención en la salud masculina, donde tabúes y estigmas sociales frecuentemente impiden que los hombres busquen atención médica oportuna.
## Principios fundamentales que guían la atención
La reforma no solo establece procedimientos, sino que **coloca la dignidad humana en el centro** del proceso de atención[1]. Los principios rectores incluyen:
| Principio | Descripción |

