La ciudadanía de Michoacán cuenta ahora con una garantía legal más sólida: ninguna autoridad estatal ni municipal podrá envenenar animales, bajo ninguna justificación. La 76 Legislatura aprobó una reforma al artículo 56 de la Ley de Derechos, Bienestar y Protección de los Animales del Estado de Michoacán de Ocampo, que establece una prohibición categórica de esta práctica.
Con esta medida, se fortalece el marco normativo para exigir métodos éticos y científicamente avalados —como la esterilización, la adopción responsable y programas integrales de bienestar— en lugar de prácticas crueles e ineficaces. El dictamen aprobado subraya que la reforma busca “prohibir de manera clara y contundente el envenenamiento de animales en el Estado de Michoacán, especialmente cuando sea realizado por autoridades”, y al mismo tiempo garantizar prácticas humanitarias y seguras en el manejo poblacional animal.
Michoacán reafirma así su compromiso con una cultura de respeto, la ética y los derechos de los animales, en coordinación con todos los órdenes de gobierno y la sociedad civil.

