La violencia política ha alcanzado un punto crítico en Michoacán. El diputado **Antonio “Toño” Carreño Sosa**, de Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa histórica para reformar el marco electoral estatal y establecer que **el homicidio doloso de cualquier candidato sea causal automática de nulidad de la elección**. Esta propuesta representa un giro fundamental en la forma en que el Estado mexicano enfrenta la criminalización de los procesos democráticos.
## La realidad que impulsa el cambio normativo
Michoacán vive una crisis sin precedentes. Desde diciembre de 2023, **nueve aspirantes a cargos de elección popular han sido asesinados** por violencia política. Los casos más emblemáticos ocurrieron en febrero de 2024, cuando **Miguel Ángel Zavala, precandidato de Morena a la alcaldía de Maravatío, fue ejecutado a balazos afuera del hospital donde trabajaba como ginecólogo, seguido horas después por Armando Pérez Luna, candidato del PAN al mismo cargo**.
Estos hechos no son actos aislados de criminalidad común. Representan una **estrategia deliberada del crimen organizado para capturar gobiernos municipales, influir en congresos locales y condicionar decisiones públicas**, según advierte Carreño Sosa desde la tribuna legislativa.
## ¿Qué propone exactamente la iniciativa?
La reforma al **artículo 72 de la Ley de Justicia en Materia Electoral y Participación Ciudadana del Estado** introduce cambios profundos en los criterios de nulidad electoral:
| Aspecto | Descripción |
|——–|————-|
| **Causal de nulidad** | Homicidio doloso de cualquier candidatura registrada |
| **Período de aplicación** | Desde el inicio formal del proceso electoral hasta antes de la entrega de la constancia de mayoría |
| **Alcance** | Elecciones municipales, distritales y de gubernatura |
| **Evaluación** | El Tribunal Electoral del Estado (TEEM) valora el impacto en equidad, efecto inhibitorio en el electorado y vulneración del sufragio |
| **Consecuencia** | Convocatoria a comicios extraordinarios bajo seguridad reforzada |
## Un cambio de paradigma: de lo cuantitativo a lo cualitativo
Hasta ahora, la legislación electoral operaba bajo una **lógica cuantitativa**, donde la nulidad se determinaba por la diferencia de votos. La propuesta introduce la

