Michoacán moderniza su marco legal de transparencia con una nueva ley que reemplaza la normativa vigente desde 2016, buscando fortalecer la rendición de cuentas y la confianza ciudadana en las instituciones públicas. La 76 Legislatura aprobó con 26 votos a favor esta nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que armoniza el ordenamiento estatal con la Ley General y consolida el Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública.
Un cambio estructural en la gobernanza transparente
La nueva normativa representa una transformación profunda del modelo de transparencia en la entidad. A diferencia de la ley anterior, publicada el 18 de mayo de 2016, esta reforma crea el Subsistema de Transparencia de Michoacán, un órgano coordinador que funciona mediante un Comité presidido por el titular de la Secretaría de Contraloría del Estado (Secoem). Esta estructura integra representantes del Ejecutivo, Legislativo, Judicial, los seis organismos autónomos y las contralorías de dos municipios, eliminando solapamientos competenciales y fortaleciendo la coordinación institucional.
Principios fundamentales que rigen la transparencia
La ley establece un catálogo robusto de principios aplicables tanto a autoridades garantes como a sujetos obligados:
- Máxima publicidad: Toda información en posesión de sujetos obligados es pública, salvo excepciones previstas
- Imparcialidad e independencia: Garantiza decisiones objetivas y libres de influencias políticas
- Legalidad y profesionalismo: Asegura que los procedimientos se sujeten a derecho
- Transparencia y objetividad: Fomenta la claridad en la gestión pública
Un aspecto destacado es la prohibición de clasificar como reservada la información relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, lo que refuerza la protección de derechos fundamentales.
Alcance y cobertura de la normativa
La ley regula el derecho de acceso a la información en posesión de múltiples instituciones:
- Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado
- Municipios y órganos constitucionales autónomos
- Fideicomisos y fondos públicos
- Personas físicas o morales que ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad
Obligaciones concretas para sujetos obligados
Los organismos públicos deben cumplir con un catálogo amplio de obligaciones comunes, que incluye: Constituir Comités y Unidades de Transparencia…

