En un movimiento que marca un hito importante para la protección de derechos fundamentales, el diputado petista Hugo Rangel presentará esta semana una iniciativa legislativa destinada a fortalecer las garantías jurídicas de la comunidad LGBTIQ+ en Michoacán, resultado de meses de diálogo constructivo con organizaciones civiles y colectivos especializados.
🏳️🌈 Parlamento abierto: cuando la sociedad civil escribe la ley
La propuesta no surge de escritorios legislativos aislados, sino del trabajo colaborativo entre el diputado y las organizaciones que históricamente han defendido los derechos de la diversidad sexual y de género en la entidad. Estas mesas de trabajo técnicas representan un ejercicio genuino de parlamento abierto, donde la voz de quienes viven cotidianamente la discriminación se convierte en fundamento de la reforma legal.
Como dice el refrán, *”la mejor ley es aquella que nace del consenso”*, y esta iniciativa ejemplifica precisamente eso: un proceso donde la legitimidad proviene de la participación activa de la sociedad civil.
📋 Los pilares de la iniciativa: tipificación de delitos y protección integral
La iniciativa contempla dos ejes fundamentales que buscan cerrar vacíos en la protección legal:
Tipificación de delitos discriminatorios
La propuesta establece sanciones específicas para actos de discriminación y violencia motivados por orientación sexual, identidad de género y expresión de género. Las penas contempladas oscilan entre dos a seis años de prisión, acompañadas de multas que van de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Protección reforzada para grupos vulnerables
Reconociendo que ciertos sectores enfrentan riesgos amplificados, la iniciativa endurece las sanciones cuando los delitos se cometen contra menores de edad, adultas mayores, personas con discapacidad o quienes no pueden comprender el significado del hecho. En estos casos, las penas pueden alcanzar de cuatro a doce años de prisión y multas de hasta cuatro mil veces el valor diario de la UMA.
🚫 Erradicar las “terapias de conversión”: un paso decisivo
Quizás el aspecto más trascendental de esta reforma es la prohibición explícita de los denominados “Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género” (ECOSIG), comúnmente conocidas como terapias de conversión o reparativas.
Estas prácticas, que pretenden “corregir” la orientación sexual o identidad de género de las personas, representan una violación grave a los derechos humanos

