En un esfuerzo por garantizar que el proceso de elección de jueces y magistrados en Michoacán cuente con una regulación clara y precisa, la 76 Legislatura del Estado ha aprobado una reforma a la Ley de Justicia en materia Electoral y de Participación Ciudadana. Esta decisión busca fortalecer la seguridad jurídica y evitar ambigüedades que podrían generar controversias durante el proceso electoral.
Contexto Legal
La reforma, presentada por la Comisión de Asuntos Electorales y Participación Ciudadana, modifica varios artículos de la ley vigente. Estos cambios incluyen la armonización con el Código Electoral del Estado, lo que asegura plazos y procedimientos adecuados para la elección de juzgadores. Además, se reconoce expresamente el derecho de los candidatos a interponer medios de impugnación en los términos de la legislación electoral.
Aspectos Clave de la Reforma
- Mecanismos de Impugnación: Se establecen mecanismos claros para que los candidatos puedan impugnar la validez de la elección, los resultados consignados en las actas de cómputo, la asignación de constancias de mayoría y validez, cualquier acto que altere el resultado final, y la elegibilidad de una candidatura a juzgador.
- Exclusión de Partidos Políticos: Se excluye a los partidos políticos de cualquier acto de impugnación relacionado con la elección de jueces y magistrados, reafirmando la autonomía del proceso judicial.
- Seguridad Jurídica: La reforma busca evitar ambigüedades normativas que podrían dar lugar a controversias o interpretaciones contradictorias, fortaleciendo así la seguridad jurídica en el proceso electoral.
- Designación en Caso de Inelegibilidad: En caso de que un candidato electo sea declarado inelegible, el Congreso del Estado procederá a la designación correspondiente, garantizando la paridad de género y la idoneidad del perfil.